La Enfermedad laboral conlleva una serie de responsabilidades ya definidas en la legislación colombiana, las cuales integran acciones de prevención, control y manejo de las mismas una vez calificadas, y que se deben implementar y evidenciar a través del Sistema de Gestión de seguridad y salud en el trabajo -SGSST. (Decreto 1072 de 2014). Una organización que gestione la Enfermedad Laboral ha dado un paso mas en el cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial definidas para uno de los grupos de interés mas importantes de una organización “ Los Trabajadores”.
La calificación de enfermedad de “Origen laboral” tiene una connotación que conlleva un nivel de responsabilidad empresarial mayor, y denota una oportunidad de mejora en la gestión ante el cumplimiento de la normatividad legal Colombiana; es así que la organización se ve expuesta a sanciones por parte de los entes como Ministerio de la Protección social y demandas del orden civil y penal, el debilitamiento de la imagen corporativa, que se convierte en un tema muy sensible, cuando se empieza a percibir por parte de los grupos de interés tanto internos como externos, como una empresa “No segura para trabajar”.
Así mismo las empresas y Organizaciones, está llamadas a orientar las políticas de Recursos Humanos para aportar a dos de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible del milenio (ODS) propuestos por la ONU en año 2015: “3. Salud y Bienestar; 8. Trabajo decente y crecimiento económico”;
Por tanto fortalecer la gestión de los temas relacionados con Medicina Preventiva y del Trabajo, dentro del SGSST de la organización, es avanzar en la prevención de enfermedades laborales de manera mas efectiva.
Una consultoría guiada por expertos que osculten sobre temas estratégicos dentro del proceso de SGSST, marcará la diferencia:
Temas objeto de análisis por parte de la consultoría:
- Estadística de enfermedad laboral;
- Sistemas de vigilancia epidemiológicos;
- Matriz de peligros;
- Plan de trabajo anual;
- Proceso de selección;
- Proceso de inducción;
- Medicina Laboral: (Valoraciones y exámenes ocupacionales);
- Programas de Prevención y Promoción en salud;
- Recomendaciones medico – laborales;
- Reintegros post incapacidad;
- Temas de bienestar;
- Procesos de calificación ( Medicina laboral, Juntas Regional y Nacional);
- Relacionamiento con medicina laboral;
- Relacionamiento con otros procesos estratégicos: (Comunicaciones, cambio y cultura, Jurídica); y
- Relacionamiento con Sindicato, si existe
Desarrollar los aspectos anteriormente relacionados es fortalecer su SGSST de manera integral, significa proteger a la organización de sanciones económicas contempladas en el Art. 91 de la ley 1295 de 1994, modificada parcialmente por el Art. 115 del Decreto 2150 de 1995; el Art. 13 de la Ley 1562 de 2012; Decreto 1477 de 2014; Cap. 2 Título 4 del Decreto 1072 de 2015; De otra parte es fortalecer la imagen Corporativa frente a los grupos de interés, que a corto y mediano plazo pueden llegar a impactar las finanzas de la organización.
Por: Mauren Yolanda Castro Páez
Ps. Especialista en salud ocupacional
Licencia Nro. 7991